Para una correcta aplicación de los productos necesarios para controlar y prevenir plagas, el aplicador de dichos productos necesita aportar la siguiente documentación:

  • Carné de aplicador de productos fitosanitarios.
  • Inscripción de la maquinaria de aplicación de fitosanitarios en el R.O.M.A. Si no la tiene inscrita, nuestro equipo técnico le asesorará al respecto.
  • Firma del contrato. Los datos de las parcelas los obtenemos, previa autorización del socio, de la declaración de cultivo en organismo correspondiente.

 

Para cumplir con la normativa establecida sobre gestión de plagas, debemos cumplir una serie de requisitos:

  • Cumplir con las reglamentaciones en cuanto a los tratamientos: materia activa, fecha, dosis, etc.
  • Protección del medio acuático:
    – No llenar pozos directamente de pozos y cauces.
    – Cubrir pozos durante tratamientos.
    – Evitar tratar zonas no necesarias, como giros.
    – Respetar bandas de seguridad: 5 metros para tratamientos, 25 metros para regular equipos y 50 metros para puntos de extracción de agua para consumo humano.
  • Residuos y envases. Obligatorio entregar envases a un centro autorizado (SIGFITO). Es necesario enjuagar 3 veces los envases antes de la entrega y conservar el justificante durante 3 años.

 

Desde Agrónomos Arrebola podemos realizar una gestión integral de plagas adaptada a las necesidades de su finca para así facilitar la gestión al agricultor. Dependiendo al número de hectáreas de la finca a tratar necesitará cumplir unos determinados requisitos:

  • Explotaciones menores de 5 hectáreas:
    – Seguir la guía de cultivo y cumplimentar el nuevo cuaderno de explotación adecuadamente.
  • Explotaciones mayores de 5 hectáreas:
    – Es obligatorio la contratación de un asesor para la G.I.P. inscrito en R.O.P.O., el cual le facilitaremos en Agrónomos Arrebola.
  • Dicho asesoramiento consiste en:
    – Contrato de asesoramiento.
    – Descripción de la explotación: Evaluación del estado fitosanitario del cultivo y riesgo medioambiental de la finca.
    – Registro de actuaciones fitosanitarias: Cumplimentar adecuadamente el nuevo Cuaderno de Explotación.

 

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